A partir del 1 de SEPTIEMBRE de 2012, los residentes en Baleares que deseen acogerse a la bonificación deben acreditar su residencia mediante los siguientes documentos:

  • Ciudadanos españoles:  certificado de residencia  expedido por el ayuntamiento, acompañado por el DNI, ambos en vigor. Para los menores de 14 años que no dispongan de DNI, solo será necesario presentar el certificado de residencia del ayuntamiento.
  • Ciudadanos extranjeros (nacionales residentes de los 27 miembros de la UE y Noruega, Liechtenstein, Islandia y Suiza): certificado de residencia en vigor expedido por el ayuntamiento, acompañado del documento nacional de identidad de su país o pasaporte, en vigor.
La primera vez que viaje a partir del 1 de septiembre, deberá sacar su billete en taquilla presentando la documentación citada.
En caso de que no se presente la documentación necesaria, se emitirán las tarjetas de embarque sin la bonificación por residencia en Baleares o Formentera, abonando en taquilla el importe íntegro del billete íntegro. 

Si eres titular de nuestra tarjeta Trasmapicard, la primera vez que vaya a viajar tendrá que pasar por alguna de nuestras taquilla presentando la documentación requerida para actualizar su tarjeta. Mas información aquí.

 Gracias por su colaboración.